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Oficina de Defensa del Anciano | Asturias Republicana |
“Silencio administrativo”, “inadmisibilidad”, recursos de tahúres, no del Misisipí, que se jugaban el tipo, sino del Nora. El asunto que llega ahora al juzgado de lo contencioso se parece al caso de “las preferentes”, pero en mucho peor. ¿Cómo es posible que a personas que todo el mundo veía que, por sus enfermedades, no se enteraban de la misa a la media se les hiciera firmar contrato alguno? Durante años y años, y en toda Asturias, los funcionarios aseguraban que teniendo la “ley de la dependencia” concedida, con pagar el 75% de la pensión no se generaba ningún tipo de deuda. ¿Por qué, entonces, años después del fallecimiento del anciano les presentaban a los herederos reclamaciones por vía ejecutiva de decenas de miles de euros? ¿Qué se hizo del dinero que les correspondía por la citada dependencia? ¿Por qué se negaron siempre a enviar las facturas mensuales con detalle de lo que se pagaba y lo que, supuestamente, se adeudaba? Además, el
ERA nunca ha justificado sus cuentas, ni ha tenido una auditoría
externa, ni elaborado una memoria anual económica y de gestión.
Las leyes dicen que el anciano “contribuirá al coste del
servicio”. No se llevaba una contabilidad de costes, sino la del
Gran Capitán y el despilfarro. Ya se verá en la comisión
de investigación. El precio de la plaza en las residencias del
ERA y concertadas lo subieron mofándose del IPC: de 615 euros
en 2005 pasó a 1.200 en 2008. ¿Es eso legal? Inmoral,
desde luego. Otra de las “bromas” del ERA es establecer
la capacidad económica del anciano cada cuatro años: ¿Y
si coincide que fue el año que le tocó el cupón?
¿Y si por el camino la mujer se marchó con un trompetista
y se quedaron el piso? ¿Y si los cien mil euros que tenía
en acciones del Popular pasaron a valer cero? La capacidad económica
del anciano será la que cada año diga Hacienda. ¡Mira
que es sencillo! “Y el que pudiendo hacer el bien, el mal escoge,
del mal que le venga no se enoje”.
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