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Sobre los candidatos a las elecciones de Febrero de 1936
que estaban presos.


Las elecciones de Febrero de 1936 y los candidatos presos.

Acuerdo tomado por la Junta Central del Censo el uno de Febrero.

 

Hoy se reunió la Junta Central del Censo y, al terminar, manifestaron que habían examinado la consulta de la Junta provincial de León, sobre si pueden ser proclamados candidatos y ser diputados las personas sobre las cuales consta que fueron condenadas sufriendo penas de inhabilitación absoluta o especial para los derechos de sufragio activo y pasivo.

Teniendo en cuenta que la Ley Electoral ordena que las Juntas Provinciales proclamen desde luego como candidatos a quienes se hallan comprendidos en los casos que se señalan como obligación ineludible, y teniendo además presente que los artículos de la Constitución otorgan al Congreso únicamente la facultad de resolver sobre la validez de las elecciones y capacidad de los mismos electos, deben ser proclamados, dejando la resolución a las Cortes.